Política de reembolso

CONTRATO DE ADHESIÓN

PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE BLANCOS PARA EL HOGAR
THEBLANKCO

El presente Contrato de Adhesión se celebra entre TheBlankCo, en lo sucesivo “EL PROVEEDOR”, y la persona que adquiere los productos ofrecidos a través de los medios físicos o electrónicos de EL PROVEEDOR, en lo sucesivo “EL CONSUMIDOR”, al tenor de las siguientes:


DECLARACIONES

I. Declara EL PROVEEDOR que:

  • Comercializa blancos para el hogar tales como sábanas, edredones, cobertores, toallas y productos afines.

  • Cumple con lo dispuesto por la Ley Federal de Protección al Consumidor, su Reglamento y disposiciones aplicables.

II. Declara EL CONSUMIDOR que:

  • Reconoce haber leído y entendido el presente contrato.

  • Acepta expresamente su contenido al realizar la compra.


CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO

El presente contrato tiene por objeto regular los términos y condiciones aplicables a la compra, garantía y devoluciones de los productos comercializados por EL PROVEEDOR.


SEGUNDA. GARANTÍA

EL PROVEEDOR otorga una garantía de 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha de recepción del producto por EL CONSUMIDOR, la cual únicamente ampara defectos de fabricación.


TERCERA. DEFECTOS DE FABRICACIÓN

Se entenderá por defecto de fabricación cualquier falla atribuible al proceso de manufactura que haga impropio el producto para su uso normal.

De manera enunciativa más no limitativa, se consideran defectos:

  • Costuras defectuosas

  • Fallas estructurales del tejido

  • Errores evidentes de confección


CUARTA. VARIACIONES DE FABRICACIÓN

EL CONSUMIDOR reconoce y acepta que, derivado del proceso textil:

a) Las medidas de los productos pueden presentar variaciones de entre 1 (uno) y 5 (cinco) centímetros.
b) Los colores pueden presentar variaciones de tono, derivadas del lote de producción, iluminación o configuración de pantalla.

Dichas variaciones son normales, técnicamente aceptables y no constituyen defectos de fabricación, por lo que no serán motivo de devolución, cambio o reembolso.


QUINTA. SUPUESTOS EXCLUIDOS DE GARANTÍA

La garantía no será procedente en los siguientes casos:

  • Uso, lavado o manipulación del producto

  • Daños ocasionados por el consumidor

  • Preferencias personales

  • Error en la selección de tamaño, color, diseño o textura

  • Desgaste natural del producto

  • Artículos en venta final

SEXTA. CONDICIONES PARA LA PROCEDENCIA

Para que la garantía sea procedente, el producto deberá:

  • Estar nuevo, sin uso y sin lavar

  • Conservar empaque original completo

  • Mantener etiquetas, sellos y protecciones intactas

  • No presentar manchas, olores, daños o señales de uso

  • No haber sido alterado o reparado

El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones será causa suficiente para negar la procedencia de la garantía.


SÉPTIMA. PROCEDIMIENTO

EL CONSUMIDOR deberá:

  1. Contactar a EL PROVEEDOR dentro del plazo de garantía

  2. Proporcionar número de pedido y evidencia fotográfica

  3. Esperar autorización expresa

No se aceptarán devoluciones sin autorización previa.


OCTAVA. RESOLUCIÓN

Una vez recibido el producto, EL PROVEEDOR realizará una revisión técnica:

  • Si procede la garantía, EL PROVEEDOR podrá optar por:

    • Reposición del producto, o

    • Reembolso conforme a la ley

  • Si no procede, el producto será devuelto al consumidor sin responsabilidad para EL PROVEEDOR.


NOVENA. ENVÍOS

Cuando la garantía resulte procedente, EL PROVEEDOR cubrirá los gastos de envío, conforme a la Ley Federal de Protección al Consumidor.


DÉCIMA. ACEPTACIÓN

La aceptación del presente contrato se entiende realizada al momento en que EL CONSUMIDOR efectúa la compra, ya sea por medios físicos o electrónicos.


DÉCIMA PRIMERA. AUTORIDAD

Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) y a las leyes aplicables en los Estados Unidos Mexicanos.